Yaslin Batista

Yaslin  Batista

Share

Notary Public

05/30/2026
05/30/2026

Cuota Anual de Asilo (Annual Asylum Fee)

Antes de comenzar el proceso de pago

Elegibilidad

Todo extranjero que tuvo una solicitud de asilo pendiente durante todo el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 debe pagar la Cuota Anual de Asilo (AAF).

Además, cualquier extranjero que haya presentado o presente un Formulario I-589 (Solicitud de Asilo) después del 1 de octubre de 2024, y cuya solicitud permanezca pendiente ante USCIS durante 365 días, deberá pagar la AAF al cumplirse el primer aniversario de la fecha de presentación y cada año posterior mientras la solicitud continúe pendiente.

La primera vez que corresponda pagar la AAF, los solicitantes de asilo no necesitan monitorear por sí mismos cuánto tiempo lleva pendiente su solicitud ni determinar si la tarifa les aplica. USCIS enviará notificaciones personales cuando la cuota anual de asilo deba pagarse. Estas notificaciones incluirán:

* El monto de la tarifa.
* La fecha límite para el pago.
* La forma en que debe realizarse el pago.
* Las consecuencias de no pagar la tarifa.

USCIS proporcionará instrucciones para los pagos de años futuros mediante comunicaciones posteriores.

Tarifas

Calcularemos automáticamente el costo antes de que envíe su solicitud. Para información específica sobre las tarifas aplicables, consulte el Formulario G-1055.

Política de reembolso

USCIS no reembolsa tarifas, independientemente de cualquier acción que tome sobre su solicitud, petición o trámite, ni del tiempo que USCIS tarde en tomar una decisión.

Para obtener información adicional, consulte las instrucciones del formulario correspondiente o comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283. Para personas sordas o con dificultades auditivas (TTY): 800-767-1833.

Aviso de Privacidad del DHS

Autoridad: Los reglamentos 8 CFR 103.7(b)(1)(i) y 8 CFR 103.7(b)(1)(i)(D) autorizan la recopilación de esta información.

Propósito: El propósito principal de proporcionar la información solicitada es autorizar un pago electrónico mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria ACH a través de Pay.gov, sistema propiedad y operado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, para el pago de tarifas relacionadas con beneficios migratorios de USCIS.

Divulgación: La información que proporcione es voluntaria. Sin embargo, no pagar la tarifa correspondiente puede retrasar o impedir que USCIS le otorgue el beneficio migratorio que solicita.

Usos rutinarios: Esta información puede ser utilizada y divulgada a empleados de USCIS, contratistas u otros agentes autorizados que necesiten la información para ayudar en el procesamiento de las tarifas de presentación. También puede compartirse con organizaciones federales, estatales y locales autorizadas, de acuerdo con los usos rutinarios aprobados descritos en los sistemas de registros correspondientes. Asimismo, la información puede ponerse a disposición para fines de cumplimiento de la ley o en interés de la seguridad nacional.

05/30/2026

Cuota Anual de Asilo (Annual Asylum Fee)

Antes de comenzar el proceso de pago

Elegibilidad

Todo extranjero que tuvo una solicitud de asilo pendiente durante todo el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 debe pagar la Cuota Anual de Asilo (AAF).

Además, cualquier extranjero que haya presentado o presente un Formulario I-589 (Solicitud de Asilo) después del 1 de octubre de 2024, y cuya solicitud permanezca pendiente ante USCIS durante 365 días, deberá pagar la AAF al cumplirse el primer aniversario de la fecha de presentación y cada año posterior mientras la solicitud continúe pendiente.

La primera vez que corresponda pagar la AAF, los solicitantes de asilo no necesitan monitorear por sí mismos cuánto tiempo lleva pendiente su solicitud ni determinar si la tarifa les aplica. USCIS enviará notificaciones personales cuando la cuota anual de asilo deba pagarse. Estas notificaciones incluirán:

* El monto de la tarifa.
* La fecha límite para el pago.
* La forma en que debe realizarse el pago.
* Las consecuencias de no pagar la tarifa.

USCIS proporcionará instrucciones para los pagos de años futuros mediante comunicaciones posteriores.

Tarifas

Calcularemos automáticamente el costo antes de que envíe su solicitud. Para información específica sobre las tarifas aplicables, consulte el Formulario G-1055.

Política de reembolso

USCIS no reembolsa tarifas, independientemente de cualquier acción que tome sobre su solicitud, petición o trámite, ni del tiempo que USCIS tarde en tomar una decisión.

Para obtener información adicional, consulte las instrucciones del formulario correspondiente o comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283. Para personas sordas o con dificultades auditivas (TTY): 800-767-1833.

Aviso de Privacidad del DHS

Autoridad: Los reglamentos 8 CFR 103.7(b)(1)(i) y 8 CFR 103.7(b)(1)(i)(D) autorizan la recopilación de esta información.

Propósito: El propósito principal de proporcionar la información solicitada es autorizar un pago electrónico mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria ACH a través de Pay.gov, sistema propiedad y operado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, para el pago de tarifas relacionadas con beneficios migratorios de USCIS.

Divulgación: La información que proporcione es voluntaria. Sin embargo, no pagar la tarifa correspondiente puede retrasar o impedir que USCIS le otorgue el beneficio migratorio que solicita.

Usos rutinarios: Esta información puede ser utilizada y divulgada a empleados de USCIS, contratistas u otros agentes autorizados que necesiten la información para ayudar en el procesamiento de las tarifas de presentación. También puede compartirse con organizaciones federales, estatales y locales autorizadas, de acuerdo con los usos rutinarios aprobados descritos en los sistemas de registros correspondientes. Asimismo, la información puede ponerse a disposición para fines de cumplimiento de la ley o en interés de la seguridad nacional.

www.pay.gov

04/29/2026

🚨 IMPORTANTE ACTUALIZACIÓN MIGRATORIA PARA PERSONAS CON ASILO PENDIENTE 🚨

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció nuevas disposiciones relacionadas con tarifas migratorias que podrían afectar directamente a solicitantes de asilo en Estados Unidos a partir del 29 de mayo de 2026.

📌 ¿Qué significa esto para usted?
Las personas con solicitudes de asilo pendientes deberán prestar especial atención a cualquier notificación enviada por USCIS. No responder o no pagar una tarifa requerida dentro del tiempo indicado puede provocar consecuencias serias como:

❌ Rechazo de la solicitud de asilo
❌ Negación del permiso de trabajo solicitado
❌ Cancelación del permiso de trabajo vigente
❌ Posible inicio de proceso de deportación si no existe otro estatus migratorio válido

📄 Otros cambios relevantes:
🔹 Algunas tarifas migratorias no serán reembolsadas aunque el caso sea rechazado por errores en la presentación
🔹 Los permisos de trabajo bajo TPS podrán emitirse por períodos más cortos
🔹 El Formulario I-102 tendrá una tarifa mínima establecida

⚠️ RECOMENDACIÓN IMPORTANTE:
Si usted tiene un caso de asilo pendiente, revise su correspondencia con frecuencia y consulte antes de tomar decisiones. Ignorar avisos puede afectar su estatus migratorio.

📞 Para orientación y preparación de formularios migratorios:
YASFE TODOSERVICES
Yaslin Batista
☎️ 941-840-4339

🚨 IMPORTANT IMMIGRATION UPDATE FOR ASYLUM APPLICANTS 🚨

The Department of Homeland Security (DHS) announced new immigration fee-related measures that may directly affect individuals with pending asylum cases starting May 29, 2026.

📌 What does this mean for you?
Applicants with pending asylum cases must carefully review any USCIS notices. Missing a required payment or deadline may result in serious consequences such as:

❌ Rejection of the asylum application
❌ Denial of a work permit request
❌ Cancellation of an approved work permit
❌ Possible removal proceedings if no other legal status exists

📄 Additional updates include:
🔹 Certain immigration filing fees may not be refunded even if the application is rejected
🔹 TPS work permits may be issued for shorter validity periods
🔹 Form I-102 will have a minimum filing fee requirement

⚠️ IMPORTANT:
If you currently have a pending asylum case, stay alert to USCIS notices and seek guidance before deadlines expire.

📞 Immigration form preparation assistance available at:
YASFE TODOSERVICES
Yaslin Batista
☎️ (941) 840-4339

Want your business to be the top-listed Government Service in Sarasota?

Click here to claim your Sponsored Listing.

Location

Telephone

Website

Address


1927 Northgate Boulevard
Sarasota, FL
34234

Opening Hours

Monday 10am - 6pm
Tuesday 9am - 6pm
Wednesday 10am - 6pm
Thursday 10am - 6pm
Friday 10am - 6pm
Saturday 10am - 5pm